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No a
las patentes del genoma humano
¡LA VIDA no es una
mercancía! ¡No a las
patentes sobre la vida!
El Comité de Enlace de las ONGs de Desarrollo de la
Unión Europea está profundamente preocupado por la propuesta de Directiva de
la UE relativa a la Protección Jurídica de las Invenciones Biotecnológicas
que, de aprobarse, permitiría que intereses comerciales adquiriesen derechos de
monopolio exclusivos sobre plantas, animales y partes del ser humano. La
Directiva, aprobada por el Parlamento Europeo el 16 de Julio de 1997, establece
un precedente jurídico muy peligroso, y tendría unas repercusiones muy
negativas para millones de personas en Europa y en el Sur, en especial los más
pobres de entre los pobres, y para el medio ambiente sobre todo de las zonas
rurales.
La Directiva supondría un cambio drástico de la normativa sobre patentes
vigente en Europa, que prohibe patentar variedades de plantas y animales, genes,
células y partes del ser humano. Su adopción abriría las puertas a la
implantación de patentes muy amplias sobre nuestros patrimonio genético.
Creemos que Europa no debe promover el desarrollo y la comercialización
indiscriminada de organismos manipulados genéticamente (OMGs) concediendo
monopolios de patente sobre los mismos. La ampliación del campo de las
patentes a los seres vivos equivale a la mercantilización de las bases mismas
de la vida, socavando las relaciones básicas entre la sociedad y la naturaleza.
Por otra parte, el proceso de consulta de la Directiva se ha reducido casi
exclusivamente a un reducido grupo
que representa poderosos intereses comerciales, a pesar de las profundas
implicaciones de esta legislación para el conjunto de la sociedad, tanto en
Europa como en el Sur.
Desde 1988 las ONGs de desarrollo y movimientos sociales de todos los sectores
de la sociedad han manifestado reiteradamente su profunda preocupación por la
ampliación de las patentes a los seres vivos, por una serie de razones que
exponemos a continuación:
Los genes, las células y partes del ser humano pasarían a convertirse en
propiedad empresarial.
De adoptarse una normativa sobre clonación humana imprecisa, se podría llegar
a patentar “piezas de
respuesto” humanas.
Se permitiría la concesión de patentes sobre especies enteras de plantas y
animales, proporcionando con ello una ventaja comercial a los alimentos
manipulados genéticamente.
Se alentaría la piratería de la biodiversidad y de los conocimientos de los
pueblos indígenas, así como de las poblaciones y comunidades locales, sobre
todo las campesinas, de regiones del Sur, .
Se permitiría la clonación de mamíferos.
Las patentes incentivarían el desarrollo y comercialización de alimentos
manipulados genéticamente.
Como ONGs de desarrollo, nuestras principales preocupaciones están relacionadas
con las implicaciones de la Directiva para los países del Sur, que a lo largo
de la historia han sido la principal fuente de diversidad genética de plantas y
animales, y que se verían privados de muchos de los beneficios de esta
diversidad si se llega a patentar la vida.
Legalizar la Biopiratería
La Directiva tergiversa la definición comúnmente aceptada de “invento” (de
hecho, homologa invento y “descubrimiento”). En consecuencia la Directiva,
caso de llegar a aprobarse e
incorporarse a la legislación Europea, no
sólo alentaría la biopiratería de los recursos genéticos del Sur, sino que
además convertiría en delincuentes precisamente a quienes generan y protegen
la biodiversidad de la que dependemos, es decir las comunidades campesinas e indígenas,
los herboristas y los curanderos tradicionales, especialmente de los países del
Sur.
El texto aprobado vulnera diversos acuerdos internacionales firmados por los
estados miembros de la UE desde la Cumbre de la Tierra de Río en 1992, en
particular el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB), que es vinculante. El
CDB -ratificado por todos los estados miembros- obliga a las Partes a asegurar
que cualquier sistema de patentes biotecnológicas incluya un reparto “justo y
equitativo” de los beneficios de los productos de la biodiversidad, en
especial con los países en desarrollo que albergan la mayor riqueza en
diversidad. Sin embargo, la enmienda adoptada por el Parlamento Europeo, que
incorporaba parcialmente los requisitos del CBD obligando al registro del origen
del material genético, ha sido rechazada por la Comisión.
La Quinoa (Chenopodium quinoa) es un cereal muy importante en la dieta de
millones de personas de los países andinos de Latino América, especialmente de
los pueblos indígenas de la zona, por su alto contenido proteico. Desde tiempos
pre-Incas, las comunidades locales han cultivado y desarrollado variedades de
quinoa adaptadas a la duras y muy variadas condiciones de los Andes.
En 1994, dos investigadores de la Universidad de Colorado obtuvieron la
patente número 5.304.718, que les concede control monopólico en exclusiva de
las plantas con esterilidad masculina de la variedad tradicional de quinoa
Boliviana conocida como “Apelawa”. Los investigadores reconocen que no
aportaron nada a la creación de la variedad con esterilidad masculina, que uno
de los investigadores afirma que era “una planta más de la comunidad de
plantas nativas….. nosotros nos limitamos a recogerla”. Esta patente ha sido
recurrida ahora por organizaciones sociales de Bolivia y de EEUU.
Socavar la Seguridad
Alimentaria
Rechazamos tajantemente el argumento de que la biotecnología -y por tanto la
Directiva- es necesaria para poder alimentar a la humanidad.
Muy al contrario, creemos que esta tecnología va a exacerbar los
problemas de hambre y de malnutrición en el mundo, al socavar más aún el
control comunitario de la producción alimentaria y el acceso a la tierra y a
los alimentos.
Mediante la cesión del control sobre el germoplasma al sector más rico y
poderoso de la agricultura -lo que equivale a poner en sus manos el control de
los procesos de producción y distribución desde la semilla hasta el estómago-
las patentes amenazan con reforzar precisamente las estructuras sociales,
políticas y económicas que hoy impiden el acceso de las personas a los
alimentos, y que generan una inseguridad alimentaría sistemática.
Al aumentar enormemente el control y la influencia de los ingenieros genéticos
de las empresas que manipulan plantas y animales, de la agroindustria
transnacional, y de las compañías farmacéuticas transnacionales, la Directiva
fortalecería más aún precisamente las estructuras políticas y económicas
que son los principales responsables de la creación de la pobreza, un
desarrollo dependiente, y la inseguridad alimentaria en las zonas rurales y los
países pobres.
Si a los agricultores no se les permite desarrollar la continua labor de
experimentación que llevan a cabo en sus campos, la evolución y diversidad de
los cultivos se verá seriamente amenazada, generando con ello una mayor erosión
genética e inseguridad alimentaria. La destrucción de la diversidad genética,
que permite una adaptación a los cambios del entorno, agravará el impacto de la inestabilidad climática global
que hoy nos amenaza.
La soja (Glycine max L.) es un cultivo comercial que actualmente mueve
muchos millones de dólares. Se domesticó en China para su cultivo como
alimento, y hoy constituye un cultivo de gran importancia destinado a la
industria de aceites y de piensos compuestos para alimentación de ganado. En la
actualidad los mayores productores de soja son EEUU, Brasil, China y Argentina,
con EEUU dominando más de la mital del mercado global de exportaciones.
En 1994 la compañía biotecnológica Agracetus obtuvo la patente Europea número
301 479 que, entre otras cosas, le otorga derechos sobre “Una semilla de soja
cuyo cultivo produce una planta de soja portadora de un gen extraño a su genoma
que induce la expresión de un producto genético extraño en las células de la
planta de soja”. Esto significa que la patente de Agracetus cubre todas las
variedades de soja transgénicas. Esta patente dejó perpleja a la industria
biotecnológica, y provocó una verdadera batalla en los tribunales. El gigante
de la industria química Monsanto recurrió la patente en Noviembre de 1994,
alegando que “la pretendida invención carece de un paso inventivo” y “no
es….. novedosa”. Sin embargo posteriormente Monsanto compró la totalidad de
la empresa Agracetus -incluída la patente- y retiró la queja.
Socavar las negociaciones internacionales
De adoptarse esta Directiva, Europa asestaría un duro revés a los progresos
conseguidos a lo largo de los últimos diez años en cuanto a que las cuestiones
de medio ambiente y biodiversidad figuren en el órden del día de los debates y
negociaciones de política internacional. La Directiva vaciaría de contenido el
compromiso del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD)
de evaluar el impacto de los sistemas de Derechos de Propiedad
Intelectual (DPI) sobre la
biodiversidad, así como los acuerdos internacionales de la FAO sobre acceso a
los recursos genéticos y derechos de los agricultores. Su aprobación amenaza
igualmente con predeterminar el resultado de la revisión del acuerdo sobre
Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio en el seno de la
OMC en 1999, minando el proceso democrático de decisión.
La clausula del acuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual
Relacionados con el Comercio (Trade Related Intellectual Property, TRIPS) que
permite a los países exluir las plantas y los animales del ámbito de las
patentes se revisará en la OMC en 1999. La Directiva vaciaría de contenido un
debate abierto y amplio de esta clausula, y minaría seriamente la capacidad de
los gobiernos del Sur para resistirse a las presiones ejercidas por EEUU para
que adopten patentes de seres
vivos. Con ello la Directiva amenaza con socavar los esfuerzos de gobiernos y
movimientos sociales del Sur por desarrollar sistemas de derechos que incentiven
y protejan la innovación local, reconociendo su carácter colectivo, y que
salvaguarden el acceso público a los sistemas de conocimiento tradicional que
constituyen la base del uso
sostenible de los recursos en los países del Sur.
Para muchas personas de la India la cúrcuma (Curcuma longa) es un
remedio mágico cura-lo-todo. La raíz anaranjada de la cúrcuma, que durante
miles de años ha sido utilizada para aliviar esguinces, inflamaciones, y en la
cura de heridas tópicas, procede de una planta nativa del subcontinente Indio,
y es un componente antiquísimo de la medicina ayurvédica. En 1995 dos científicos
de la Universidad de Mississippi obtuvieron una patente (Num. 5.401.504) que les
concedía derechos sobre el uso de la cúrcuma en la cura de heridas, que
presentaban como novedosa. El Gobierno de la India ha recurrido esta patente,
que considera un auténtico y descarado robo. No obstante, para
hacer valer su recurso la India se verá obligada a aportar pruebas de
que la cúrcuma ha sido utilizada en la India específicamente en la cura de
heridas, debiendo presentar una publicación académica que desmonte la
justificación de la solicitud de patente. Esta patente ha sido recurrida y ha
sido ahora retirada.
RECOMENDACIONES
Por todo ello
Reconocemos que es preciso establecer algún tipo de normativa que regule los
derechos de propiedad intelectual relacionados con productos biotecnológicos en
la UE; es más, si queremos incentivar la innovación en el campo de las
ciencias biológicas necesitamos un sistema jurídico totalmente nuevo que se
adecue a este fín, y no el parcheo de una herramienta diseñada para patentar máquinas
hace más de un siglo.
Le
instamos a:
Oponerse a la actual Directiva y solicitar el tajante rechazo a la misma por
parte de los Gobiernos de los estados
miembros de la UE ;
Establecer y apoyar un proceso amplio de consulta pública sobre cuestiones
relacionadas con la protección legal de las invenciones biotecnológicas tanto
en Europa como en el Sur. Es fundamental llevar a cabo una consulta amplia a
través de los parlamentos nacionales y de los cauces institucionales y no
institucionales existentes, con el objetivo de desarrollar políticas y
normativa que incentive aquellas innovaciones
en el campo de las ciencias de la vida que supongan un auténtico beneficio para
toda la sociedad. La posibilidad de intervenir en la toma de decisiones que
afectan profundamente la vida de las personas constituye un derecho democrático
de la sociedad.
Establecer una Comisión Independiente de Investigación, a alto nivel y con
participación de todos los afectados, para analizar las implicaciones de las
patentes sobre seres vivos concedidas hasta la fecha, y de las solicitudes
pendientes en la Oficina Europea de Patentes.
Declarar una moratoria total a la concesión de patentes sobre seres
vivos en Europa.
Más
información en:
Greenpeace
International (en inglés):
http://www.greenpeace.org/
Campañas, tratados internacionales,
enlacessobre ecología.
Acción por la Tierra:
http://www.oneworld.org/earthaction/es/index.html
Red de más de 1500 organizaciones en más
de 140 países.
Ecología y Desarrollo:
http://www.ecodes.org
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